DISPOSITIVA
Por toda las fundamentaciones de hecho y de derecho contenidas en la motivación que precede, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Condena al ciudadano WILLIAM ALFREDO GARCIA CASTRO quien se identificó como venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 07-97-1.988, titular de la Cédula de Identidad N°19.958.046, estudiante, hijo de Héctor José García y Cruz Castro, domiciliado en Ocumare del Tuy, Urbanización Mata de Coco, Bloque 5, Apartamento 0001, Planta Baja; a cumplir la PENA DE UN (01) AÑO DE PRISIÓN por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Asimismo.....