DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: CONDENA a los acusados: AGRISPIN JOSE CRESPO ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº 15.170.584, de 26 años de edad, y a RAFAEL JOSE GUEDEZ LINAREZ, titular de la cedula de identidad Nº 20.237.734, de 23 años de edad, a sufrir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES de prisión, mas las penas accesorias a la principal, consagradas en el artículo 16 del Código Penal, es decir: 1.- Inhabilitación política durante el tiempo de la condena, 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena una vez terminada esta, por ante la autoridad civil que señale el Juez de Ejecución por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en .....