Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 2, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda 1).- Mantener la Medida Cautelar de acuerdo al artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado Rosendo Robert Paúl, quien se encuentra incurso presuntamente por el delito de Robo Agravado. 2).- Se acuerda oficiar a la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales, a los fines de que informe al Tribunal mensualmente sobre el registro de supervisión llevado por los Funcionarios Policiales al mencionado acusado. 3).- Se acuerda oficiar al ambulatorio Tipo III La Carucieña, a los fines de que informe al Tribunal sobre el nombre del medico tratante que atendió al menor José Rosendo, de 4 años de edad, el día 07-09-2005, y que si reposa en los archivos que el mismo fue llevado por su padre Robert Paul Rosendo. Registrese. Publíquese y Cúmplase.-