III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUÍN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento de CALIFICACIÓN DE DESPIDO intentado por el ciudadano AMILCAR FUENTES VARGAS, contra la empresa DELTAVEN, S.A., ambas partes plenamente identificadas en autos.
No hay condenatoria en costa, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia debidamente certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Guacara, a los ocho (08) días del mes de Octubre del año Dos Mil Siete (2.007). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
___________.....