este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 primer aparte del Código Penal vigente para la fecha de comisión de los hechos, perjuicio del ciudadano JILBER JESÚS GUEVARA FERNÁNDEZ, al ciudadano JOSÉ MANUEL SÁNCHEZ GÓMEZ, venezolano, de 23 años de edad, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 20.347.403, natural de Cumaná, hijo de Robert Rodríguez Mendoza y María Elena Sánchez Gómez, nacido en fecha 01-03-89, albañil, residenciado en Barrio Los Cocos, calle Principal, por el canal, casa Nº 04, detrás del polideportivo, Cumaná, Estado Sucre; por hallarse incurso en la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 prime.....