PRIMERO: CON LUGAR: LA SOLICITUD DE DIVORCIO por motivo de desafecto fundamentado en la sentencia 1070 de fecha 9 de diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: SE DECLARA; DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos ROSANGEL NAHTALIE VILLAFAÑE SALAZAR y DARÍO DEL CARMEN MOYA BENAVIDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.089.310 y V-8.306.883.
TERCERO: SE DECLARA; EXTINGUIDA LA COMUNIDAD DE GANANCIALES existentes entre las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Civil. Ofíciese a los Registros Civiles correspondientes de conformidad con el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil, remitiendo copia certificada de la presente decisión, una vez quede firme la presente sentencia definitiva.