DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JOSE GREGORIO SANDOVAL venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad No sabe su numero de cédula, fecha de nacimiento:110-04-1983, ocupación: agricultor, hijo de Sandoval y OHALI GUZMÁN, residenciado en el caserío costilla de vaca, vía de Maturín, casa N° 20, carretera Nacional, de la parroquia Rómulo Gallegos, Jurisdicción del Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 Código Penal, de la Ley Orgánica Contra el trafico ilícito y consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Todo de conformidad con los artículos 250 y 251 ordinal 2° y 252 ordinal 2° del C.....