Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho y, en consecuencia, a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa, al debido proceso y garantizar la igualdad de los justiciables involucrados en el presente juicio, se ordena la notificación de las partes y se les advierte que el lapso para la contestación a la reconvención comenzará a transcurrir el día de despacho siguiente a la última de las notificaciones. Notifíquese a las partes.-