En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio No 3, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: se declara CULPABLE al ciudadano ORLANDO PASTOR GONZÁLES HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.307.228, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en artículos 5 Y 6 ordinales 1.2 y 3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehiculo, y en consecuencia se le condena a cumplir la pena QUINCE (15) años de presidio mas las penas accesorias de ley, la cual se estima termina el 24 de Febrero 2024, y se le exonera del pago de las costas procesales. TERCERO: se ordena la remisión de la presente causa al tribunal de Ejecución una vez quede firme la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Ocho (08) días del mes de Noviembre del 2.011. Años .....