V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la recusación planteada por el abogado José Luis Labrador, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 44.582, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos José Ricardo Ángel Briceño, Crispin Capela de Almeida e Inversiones Q.P. 1421, C.A, interpuso recusación contra la abogada Eunice Beatriz Camacho Manzano, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la recusación planteada.
TERCERO: Se impone multa a la parte recusante, por la cantidad de dos bolívares con cero céntimos (Bs. 2,00), d.....