este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Competencia en los Estados Carabobo Cojedes y Yaracuy Con Sede en el Palacio de Justicia del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR SOBRE EL SIGUIENTE UN INMUEBLE ubicado en el sector, Plaza Sucre Avenida 5 entre calles 29 y 30 del Municipio Independencia del estado Yaracuy, con un área de terreno de QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTÍMETROS (552,79 Mts2) constituido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Quinta (05) avenida de por medio; SUR: Banco de Sangre; ESTE: Iglesia San Rafael, y OESTE: casa que es, ò fue de ZULAY ACOSTA. Debidamente protocolizado por ante el Registro Público de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del estado Yaracuy en fecha 26 de enero de 2001, quedando.....