Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara ¿ Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en las normas de los artículos 518 y 177, parágrafo segundo, literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Admite y Homologa el acuerdo la partición de bienes, adquiridos, todos en la comunidad conyugal los cuales han convenido formalmente y de mutuo consentimiento a los efectos de registro en la forma, anteriormente descrita los ciudadanos Carlos Arturo Alvarez Zubillaga y Maria Alejandra Oropeza Lameda.