CAPITULO IV.
DE LA SENTENCIA.
Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CEDEÑO (CAICARA DEL ORINOCO) DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana: EVA MARITZA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular la Cédula de Identidad N° V- 10.658.762, y de este domicilio, debidamente asistida por la abogada. JORGE L. RIOBUENO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 209.817, titular de la cedula de identidad N° V. 10.657.029 y de este domicilio. Demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres, con fundamento a lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, basado en sentencia N° 1.070 de 09/12/2016 del Tribunal Supremo de Justicia, y Números 446 y 693 de fecha 15/05/2014, y sentencia N° 136 de fecha 03/03/ 2017, S.....