´DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando como órgano colegiado, administrando Justicia en nombre la República y por autoridad de la ley, decide.
PRIMERO: Se Declara de Oficio, tanto la FALTA DE CUALIDAD AD CAUSAM del ciudadano LUCAS FRANCISCO COLMENARES ROJAS supra identificado, para sostener la reconvención por reivindicación propuesta contra él, como de la AGROPECUARIA LA SULTANA AGROSUL C.A. ya identificada, para sostener la demanda de ACESIÓN INMOBILIARIA INVERSA interpuesta contra ella, como para incoar la Acción por Reivindicación que propuso.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo precedentemente decidido, se anula la sentencia definitiva de fecha 14 de mayo del año en curso emitida por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de esta Circunscripción Judicial y todas las actua.....