Este Tribunal comparte los fundamentos del Fiscal del Ministerio Público por las razones Supra mencionadas. En consecuencia, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, a favor del ciudadano JESUS ENRIQUE ARRIETA CADENAS, por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, de conformidad con el artículo 322 en concordancia con el ordinal 2° del artículo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda el cese de las Medidas Cautelares impuestas. Se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, a fin de que el ciudadano JESUS ENRIQUE ARRIETA CADENAS, sea excluido del Sistema de Información Policial, igualmente se ordena oficiar a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con el objeto de que proceda a la entrega del arma ya identificada. Se dio lectura de la disp.....