DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda imponer una medida cautelar sustitutiva a los ciudadanos CARLOS DOMINGO HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ y JOSÉ GREGORIO PÉREZ HERNÁNDEZ, en los autos identificados, específicamente la medida cautelar sustitutiva contemplada en el tercer numeral del artículo 256 del Código Adjetivo Penal consistente en laobligación de presentarse cada 30 días por ante la Taquilla de Presentaciones de este Circuito Judicial Penal y así mismo la continuación de la causa por la vía del procedimiento ordinario. Todo de conformidad con lo establecido en artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. REGISTRESE.