REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 09 de Enero del 2.012
Años 201° y 152°
PARTES: MARLYN RONALY CARRASCO LUCENA contra RICARDO LUIS JIMENEZ
BENEFICIARIA: (omisión del nombre de los niños conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).
MOTIVO: HOMOLOGACION OBLIGACION DE MANUTENCION.
Visto el Convenimiento suscrito por las partes en juicio, en la presente causa de OBLIGACION DE MANUTENCION, introducido por la ciudadana: MARLYN RONALY CARRASCO LUCENA, en beneficio de la niña: (omisión del nombre de los niños conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) en contra del ciudadano RICARDO LUIS JIMENEZ, suscrito por ante este Juzgado; en la cual acordaron el monto de la obligación de manutención en la cantidad de CUATROSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400.....