Este tribunal Quinto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda, entregar el vehículo, Marca chevrolet, Modelo: celebrity, año: 1983, color: vinotinto, placa cvl267, serial de carrocería 1W19ZDV300173, SERIAL DE MOTOR ZDV300173, CLASE AUTOMOVIL TIPO SEDAN USO: PARTICULAR, al ciudadano, al ciudadano Pedro Jose Atilano venezolano, mayor de edad, soltero , titular de la cédula de identidad Nº V-4.041.567, y de este domicilio del Estado Sucre quien esta debidamente asistido por el abogado Miguel Malve inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46269, titular de la cedula de identidad Nº 6.953.961 y con domicilio procesal en el edificio Rental Acosta Montaño, calle Carabobo, piso 01, oficina 01 de esta Ciudad de Carúpano, bajo la modalidad de Guarda y Custodia, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal y a.....