En el caso de marras, la demandada opone la cuestión previa establecida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a los instrumentos en que se fundamente la pretensión, que deben ser producidos con el libelo de la demanda, de lo cual, este tribunal observa que la parte demandante, acompañó el documento relativo al contrato que pretende resolver en forma parcial o incompleta, por lo que verdaderamente existe una incongruencia entre la sintasis del contenido del folio 21 y el folio 22, razón por la cual, se advierte la contravención a la exigencia establecida en el ordinal 6º del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual debe ser declarada CON LUGAR la cuestión previa establecida en el ordinal 6º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil opuesta, y ser ordenado a la parte demandante, según lo establece el artículo 208 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, subsanar la inobservancia cometida, en la forma establecida en el .....