DECLARA NO CULPABLE al acusado Roigar Enrique Rodríguez Licet, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.212.844, nacido en fecha 12-02-85, de oficio obrero, natural de Cumaná, Estado Sucre; hijo de Noris licet y Manuel Rodríguez, teléfono 0424-8801594, y domiciliado en Boca de Sabana, calle Río Caribe, casa Nº 62, cerca de la Escuela Río Caribe, Cumaná, Estado Sucre; y lo ABSUELVE de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Richard José Núñez Rojas y Cruz Manuel Marcano Vásquez. Se hace cesar cualquier medida de coerción personal impuesta al acusado en la presente causa. Se ordena a la secretaria remitir en su oportunidad las actuaciones al archivo central, a los fines procesales subsiguientes. En virtud de que esta decisión se publicó fuera del lapso legal correspondiente, se convoca a las partes a una audiencia oral con el fin de imponerlas de la fecha de publicaci.....