Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por el ciudadano: JEAN CARLOS CARDOZO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.363.363, debidamente asistido por la Abogada YANIS ARAUJO, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V- 15.693.131 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 149.116. Demandada ROSA MARIA LEPIDI GARRIDO, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.196.212, de conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre del año 2016; y en consecue.....