Corresponde a este Tribunal de Control, de conformidad con el Art. 254 del COPP, FUNDAMENTAR, la Medida de Privación Judicial Prevetiva de Libertad, decretada en Audiencia 04-02-04. Por lo antes expuesto este Tribunal en Nombre de la República y pro Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA, contra el ciudadano Pastor Gregorio Chirinos, plenamente identificados por la Comisión del delito de Actos Lascivos Violentos. Por cuanto están dados los presupuestos del Art. 250 y 251 del COPP. Se acordó Procedimiento Ordinario.-