Por las razones expuestas este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos Tulio Segundo Lovera Chirino y Carmen del Coromoto Colman de Lovera, Venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros 1.962.859 y 4.106.939, respectivamente y consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos en fecha 11 de Diciembre de 1988, por ante el Juzgado del Municipio Chichiriviche, Distrito Silva del Estado Falcón.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado firmado y sellado, en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro, a los 09 días del mes .....