PRIMERO: Admiten Totalmente la Acusación interpuesta por la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público, contra los ciudadanos, SIVIRA ROBERTO CARLOS, SIERRA CAMACARO WILLIANS DE JESÚS, ampliamente identificados, por el delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, conforme a los hechos señalados en el tiempo, modo y lugar expresado en la acusación Fiscal, todo de conformidad con el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se Admiten Totalmente las Pruebas presentada por el Fiscal del Vigésimo Segundo Público por ser legales, licitas, Pertinente y Necesarias para el Juicio Oral y Público, de conformidad con el artículo 330 ordinal 9° del mencionado código, Las Pruebas Fiscales: Las Testimoniales: 1- Declaración de los funcionarios actuantes adscritos al Comando .....