este Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad, al imputado EDGAR RAMON PERAZA, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.199.363, de conformidad al artículo 256, en sus ordinales 3, presentación cada quince días ante la Oficina del Alguacilazgo y 9° Presentarse a la audiencia Preliminar. en la fecha señalada, cualquier incumplimiento de las condiciones antes señaladas será motivo de revocatoria de esta medida