este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley concede la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena correspondiente a LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo Establecido en los artículos 479 Ordinal 1° y 500, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.