DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO: Hacer la entrega del vehículo Marca CHEVROLET, AÑO 1987, color Blanco, placas 288-XAM, serial de carrocería CR33THHV209838, serial motor THV209838, Clase Camión, Modelo C-30, Tipo Estaca, Uso Carga, al Ciudadano JOSÉ OCTAVIO HERNÁNDEZ ZARRAGA mayor de edad, Soltero, titular de la Cedula de Identidad N° V-19.726.721, cuyo apoderado judicial es el Abogado PEDRO JOSÉ TROCONIS DA SILVA Y PAUL RUSSO GONZÁLEZ, en CALIDAD DE DEPÓSITO de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se Acuerda la devolución de los documentos originales consignados por el solicitante, previo copias en autos, como también se acuerda entregar copia certificada de la presente decisión TERCERO: Notifíquese al.....