Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, actuando como Juzgado de Control competente en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PENALMENTE CULPABLE y RESPONSABLE al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, del Municipio Los Taques del estado Falcón, por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los delitos de los denominados DESVALIJAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y ROBO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en los artículos 3 y 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos con la circunstancia agravante prevista en el numeral 1,2 del Artículo 6, de la precitada Ley, dictándose en este sentido SENTENCIA CONDENATORIA de conformidad con los artículos 603, 620 (literal "b"), 621, 622 y 624 de la Ley Orgánica para la Prote.....