En relación al peligro de fuga, se toma en consideración la magnitud del daño causado ya que la víctima manifiesta haber sido amenazada por el imputado con un arma blanca en la cabeza y el abdomen, es decir, su integridad física e incluso su vida, por estar comprometidas las partes blandas del cuerpo, estuvo en riesgo; por otra parte, el delito de robo, atenta no solo contra la propiedad sino contra la integridad física de la persona, al ser revisado en el Sistema Informático Juris 2000, se observa que el imputado presenta una solicitud de aprehensión por el Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, por último hay que tomar en consideración la pena que pudiera llegar a aplicarse la cual excede en su límite máximo de diez años con lo cual se presume legalmente el peligro de fuga. En consecuencia, se impone Medida de Privación Preventiva de Libertad al ciudadano Yordano José Parra Jiménez , titular de la cédula de identidad Nº 19170807, la cumplirá en el INTERNADO JUDICIAL DE SAN FELIP.....