Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de revisión de medida interpuesta por el abogado Hernán Ortiz, defensor de los acusados CARLOS LUÍS RIVAS GONZÁLEZ, GIOVANNY ARTURO THOMAS MACADAN, y JEAN CARLOS VALDÉZ VÉLIZ, plenamente identificados en el presente fallo; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal penal consistente en presentaciones periódicas cada cinco (05) días ante la unidad de alguacilazgo de este circuito Judicial Penal, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 264 y 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 44 numeral 1° del texto Constitucional. Se fija audiencia de imposición para el día 09-03-2012 a las 2:00 p.m......