este TRIBUNAL CUARTO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara NO CULPABLE y en consecuencia ABSUELVE al acusado ALEXANDER JOSÉ CARRASQUERO JIMÉNEZ, de 26 años de edad, venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.763.694, fecha de nacimiento 29/12/1986, de oficio Pescador, domiciliado en Barrio San Luís Tercero, sector La Playa, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0293-642.98.46, de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1º del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano JESUS RAFAEL ACOSTA HENRÍQUEZ (occiso). En consecuencia al termino del debate se hizo cesar toda medida de coerción personal que pesaba sobre el acusado, y se le otorgó la libertad, la cual se hizo efectiva desde la sede judicial.