este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Concede Autorización Judicial suficiente a la ciudadana adolescente SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de dieciséis (16) años de edad, plenamente identificada, para que viaje a la ciudad de Sao Paulo - Brasil a los fines de representar a Venezuela en los IV Juegos Parapanamericanos Juveniles 2017, a realizarse en Sao Paulo – Brasil del 20 al 25 de marzo de 2017 , desde el estado Bolivariano de Mérida, el día trece (13) al veintinueve (29) de marzo de 2017, retornando a la ciudad de Mérida-Venezuela, dicho viaje lo realizará la adolescente en compañía de otros atletas y entrenadores y bajo las ordenes y el cuidado de la entrenadora MARILÚ IZARRA PEÑA, plenamente identificada, debiendo la ciudadana YO.....