este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA INSTANCIA del recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos RAMON EDUARDO DIAZ POLANCO, RAFAEL ENRIQUE ESCALONA PIÑA, ORLANDO JOSE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, RAUL ANTONIO PALENCIA y CARLOS JOSE DIAZ MANZABET, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.998.216, V-10.642.715, V-10.985.244, V-7.561.050 y V-10.328.253, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JUAN GILBERTO OBERTO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.224, a los fines de interponer recurso contencioso administrativo de nulidad el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DEL ESTADO COJEDES.