Es por la razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano JOSE JOEL RODRÍGUEZ MELENDEZ Y SANCHEZ MELENDEZ CARLOS ALBERTO , identificado planamente en autos, de conformidad con lo previsto en el articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO AGAVILLAMIENTO USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, , previsto y sancionado en los artículos 357,286 del Código Penal y 265 de la LOPNA en el articulo 456 en segundo a parte del vigente Código Penal.
Notifíquese a las partes de la presente fundamentación. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
La Juez de Control N° 3
Abg. Odette Graffe Ramos
La Secretaria,
Abg.....