DISPOSITIVA
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, a cumplir las siguientes sanciones:
Reglas de Conducta, por el lapso de un (01) año, se le imponen las siguientes obligaciones:
1.-Permanecer en la residencia que tiene registrada en el asunto en caso de cambio deberá notificarlo al tribunal
2.- Permanecer bajo el cuidado y vigilancia de su progenitora.
3.- Obligación de someterse a tratamiento antidrogas.
4.- Prohibición de consumir bebidas alcohólicas
5.- Incorporarse al estudio de educación básica
6.- No permanecer fuera de su residencia después de las 10:00
pm, salvo que sea necesario y autorizado por su representante o en compañía
7.- Permanecer en una actividad laboral si se lo permite el tratamiento antidroga, es decir darle prioridad al tratamien.....