Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Superior, administrando Justicia en nombre de la Rep·blica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR el recurso de apelaci¾n interpuesto por la ciudadana JANETH DEL VALLE SANCHEZ, titular de la cÚdula de identidad V- 9.973.629, actuando en nombre y representaci¾n de su hija artículo 65 LOPNNA, debidamente asistida por la ciudadana MARISOL HERNANDEZ, Abogada, Defensora P·blica No. 1, con competencia para actuar en materia de Protecci¾n del Ni±o y del Adolescente, seg·n Oficio No. 2094-02, emanado de la Direcci¾n Nacional del Sistema Aut¾nomo de la defensa P·blica del Tribunal Supremo de Justicia; contra la sentencia dictada por el Juzgado de Protecci¾n del Ni±o y del Adolescente, Sala de Juicio No. 02 del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Nueve (9) de Enero de 2.006.
En consecuencia, deberß el padre aportar el equivalente al Veinte por ciento (20%) de su salario, el cual deberß se.....