DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al joven, plenamente identificado a cumplir las siguientes sanciones a cumplirlas en forma simultanea, SEMILIBERTAD por el lapso de (1) año y REGLAS DE CONDUCTAS, por el lapso de dos (02) años, se le imponen las siguientes obligaciones: 1.- Mantenerse bajo el cuidado y vigilancia del representante legal. 2.- Residir en un lugar determinado, y cualquier cambio deberá manifestarlo al tribunal competente. 3.- Finalizar la educación básica, con obligación de consignar ante este tribunal constancias de inicio y culminación, así como notas de rendimiento del mismo, cada tres meses. 4. No consumir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes y Psicotrópicas. 5. No salir de su domicilio, sin la autorización o compañía de su representante, después de las 09:00 p.m. 6. Prohibición de acercarse a la victima. 7. No incurrir en un nuevo hecho .....