Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niña y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer de la acción de Amparo Constitucional interpuesta en fecha 30 de octubre de 2012, por la ciudadana abogada SAIDE RITA ZAINE CHIDIAC, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.809.
SEGUNDO: se DECLINA, el conocimiento del presente asunto en un Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
TERCERO: Se ordena remitir de inmediato, junto con oficio, el presente expediente al Juzgado que se encuentre en funciones de Distribuidor de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circ.....