CONDENA al ciudadano Arcenio Rafael Acosta Mago, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.347.607, de 24 años de edad, nacido en fecha 06/12/91, natural de Cumaná, de profesión u oficio funcionario policial, hijos de Rosaura Mago y Arcenio Acosta, y residenciado en la población de Santa Fe, calle Cochaima, avenida principal, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre; a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal, en perjuicio el ciudadano Julio César Maita Villarroel; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal; pena esta que tendrá como fecha de culminación el 06/06/2018. Líbrese boleta de libertad. Líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Remítanse las presentes actuaciones a la Unidad de Ju.....