Se declara: PRIMERO: Se declara la nulidad aislada de la sentencia interlocutoria Nro. 216/2013 a través de la cuales se admiten las pruebas y los autos de fechas 22 de octubre de 2013, 31 de octubre de 2013, 23 de mayo de 2014, 17 de junio de 2014, 21 de julio de 2014, 19 de septiembre de 2014, 21 de octubre de 2014, 03 de diciembre de 2014, 21 de enero de 2015, 06 de marzo de 2015, 09 de marzo de 2015, 09 de junio de 2015 cursante al folio 206, relacionados con el lapso probatorio y con la fijación del lapso para presentar informes; SEGUNDO: Se repone la presente causa al estado de notificar a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela de la sentencia de admisión del recurso contencioso tributario; TERCERO: Una vez conste en autos las notificaciones ordenadas respecto a la presente decisión y asimismo conste en autos la notificación de la sentencia de admisión del recurso a la Procuraduría General de la República, déjese transcurrir íntegramente un lapso de oc.....