DISPOSITIVA:
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano EDGAR EDUARDO ROMERO BRITO, venezolano, de estado civil soltero, nacido en fecha 13-10-1977, titular de Cédula de Identidad Nº 13.191.758, de profesión u oficio: obrero, trabajo de recolector de basura con la Alcaldía del Municipio Valdez, hijo de Delis Brito y Félix Jacinto Romero, domiciliado en: Río Guiria, Av. Principal, Casa S/N, frente al Policía Acostado, en la Familia Bullanger Brito, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, prev.....