Se declaró TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de las ciudadanas ANGELICA DEL CARMEN LOYO DE LANDAETA y ANGELICA DEL CARMEN LANDAETA LOYO, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-