DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas éste Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado RAFAEL RAMÓN VALERA, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 63.337, en su condición de apoderado judicial de la accionada LUZ ANGELA HENAO, contra la sentencia de fecha 17 de Diciembre del 2018, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente expuesto se declara con lugar la demanda de desalojo de vivienda, ubicada en la carrera 5 entre calles 18 y 19 Nº 18-45, de la ciudad del Tocuyo, del Municipio Moran del Estado Lara, incoada por la sucesión de Lucrecia Magdalena Sánchez Cuba, integrada por: Mireya Marina.....