-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE en razón de la materia de la causa de DIVORCIO POR DESAFECTO, intentada por la ciudadana: JULIS MARGARITA DI GIOVANNI BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.313.682, domiciliada en Guacara, estado Carabobo, asistida por la abogada MARIA SALAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 161.084, funcionario adscrito al programa de Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura; contra el LUIS ALBERTO LABARCA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.892.561, domiciliado en Guacara, estado Carabobo; de conformidad con lo establecido.....