DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCION DE DESALOJO planteada por los ciudadanos MORELA VILLASANA, CRISTINA VILLASANA, MIRIAM VILLASANA Y ALFREDO VILLASANA, representados por las abogados MILAGRO SARMIENTO y AURA MERCEDES PIERUZZINI, en contra del ciudadano ALFONSO DARIO PÉREZ GARCIA, representado por la ciudadana abogado MAYRET CASTELLANO GALLARDO, todos plenamente identificados en el cuerpo de esta sentencia; se ordena la entrega del inmueble constituido por un local comercial que forma parte de la planta baja del inmueble Nro. 26-34, situado en la Avenida 16 entre Calles 12 y 13 de la ciudad de Acarigua, a sus propietarios, libre de personas y cosas; se condena al demandado ALFONSO DARÍO PÉREZ GARCÍA en costas de conformidad.....