TERCERO
Por las razones expuestas este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Sección Adolescente del Circuito Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de Calificación de Flagrancia, y el Procedimiento Abreviado convocando directamente a Juicio Oral tal como lo prevé el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el articulo5 con relacion al 6 numerales 1 y 2 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo, contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA (Art. 65 LOPNA), y la medida cautelar de Prisión Preventiva, de conformidad con el articulo 581 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente, cuyo cumplimiento tendrá la Comandancia general de Policia del Estado Portuguesa, delega.....