este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos LUIS MANUEL RONDON SERRA, RUBEN DARIO GOMEZ VELASQUEZ, ANDRY JOSE CORTECIA MAICAN, JOSE RAFEL GOMEZ VELASQUEZ y JEAN CARLOS VELASQUEZ VALLEJO, iniciada por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente al momento de los hechos ocurridos en fecha 15.03.2008, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1°en virtud de que no existen elementos de convicción de los que se desprenda que el hecho objeto de esta investigación se realizó, y que además comprometan la responsabilidad penal de imputado alguno en lo que permitan atribuírselo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ord. 1° del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíque.....