REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 09 de Junio de 2009.-
199° y 150°
Vista la anterior Solicitud formulada por los ciudadanos: HUMBERTO RAMÓN BENÍTEZ SALCEDO, LISETT MAGDALENA BENÍTEZ SÁNCHEZ Y LYSBERT MAGDALENA BENÍTEZ SÁNCHEZ titulares de las cedulas de identidad Nros:V-5.379.085, V-18.239.188, V-18.239.374, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio: ANA LUCILA SÁNCHEZ VARGAS, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 110.861, anteriormente identificado, en la cual pide se le declare TITULO SUPLETORIO, para asegurarle la titularidad de las Bienhechurías construidas a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuya ubicación linderos y características se especifican en la Solicitud. Vista igualmente las declaraciones conteste de los testigos presentados por .....