cuerda la Suspensión Condicional de Proceso, conforme a lo establecido en el Art. 358 del COPP; por el lapso de TRES (03) MESES, conforme el Art. 361 ejusdem a partir de esta misma fecha, esto de conformidad a lo establecido en el Art. 353 del COPP. QUINTO: Se imponen las siguientes condiciones, prevista en el Artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo son: 1) residir en la dirección aportada al Tribunal como lo es RAFAEL ANTONIO LINAREZ PEREZ, venezolano mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 22.324.694, residenciado en Humocaro bajo Sector el paraíso vía las huertas, a 500 metros de la Posada Los Humacos, Municipio Moràn, Parroquia Humocaro alto del Estado Lara, teléfono: 0253-8960257 (de su casa) y JUAN CARLOS PEREZ ARROYO, venezolano Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 19.344.320, JOHANA CAROLINA ALVARADO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.638.904, Humocaro bajo Sector el paraíso vía las huer.....