Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta con lugar La Ratificación de la de la medida de privación de libertad impuesta a "OMISSIS"; por la Comisión De Los Delitos De Robo Agravado, Y Posesión Ilícita De Arma De Fuego Tipificados en los Artículos 458 Del Código Penal Vigente, y 111 De La Ley Para El Desarme Y Control De Armas Y Municiones, "OMISSIS", por la comisión del delito de Robo Agravado el segundo, en Perjuicio De Betty Del Valle Zabala Lunar, El Estado Venezolano. Por la lapso de un (01) año, diez (10) meses y quince (15) días. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
La Secretaria
Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Cledis González